Como dictador romano y en nombre del pueblo romano, dado la situación penosa y tras la anarquía seguida de la incapacidad de este Senado, presento esta lista de PROSCRIPCIONES:
LISTA DE PROSCRIPCIONES:
Los aquí colocados son considerados enemigos públicos del Estado, además de:
- Se prohíbe ayudar o dar asilo a cualquiera de la lista, bajo pena de muerte.
- Se recompensa a los ciudadanos que denuncien o asesinen a un proscrito con 40.000 sestercios. Si es un esclavo, además de la emancipación se les concederá la mitad, 20.000 sestercios.
- Los proscritos serán privados de sus tierras y de sus fortunas.
Marco Valerio Agricola
Tito Cornelio Octavio
Quinto Julio Trajano
Cayo Mario Julius
Lucio Sergio Niger
Y otros 440 caballeros.
Además se añade dos nuevas leyes sobre proscripciones:
Lex Aula de proscriptione: cualquier ciuadano romano o itálico que hubiese colaborado e su día con los proscritos, serán arrestados y juzgados, sus bienes retirados y vendidos en público, además de perder el derecho de residencia y de ciudadanía romana a él y a sus descendientes. Su fortuna quedará intacta.
Lex Aula de maiestate: se prohíbe reclutar tropas, atacar sin la autorización del dictador, entrar con tropas romanas a un país aliado.
Lex Aula de postestae: Además, se prohíben temporalmente las sesiones en el Senado. Las asambleas del pueblo serán las únicas con el poder de ratificar las decisiones del dictador.
Estas leyes no necesitan aprobación del Senado y de las Asambleas.